Los recientes linchamientos registrados en Puebla prendieron “una alerta roja” para reforzar la estrategia en contra de la inseguridad y analizar la posibilidad de endurecer las sanciones en contra de las personas que tomen la justicia en sus manos, sentenció el presidente de la Comisión de Seguridad Pública, Carlos Alberto Morales Álvarez.
En entrevista telefónica, condenó el linchamiento de siete personas, ocurrido en los municipios de Cohuecán y Tepexco, señaladas como presuntos secuestradores y consideró que esta fue la muestra que las autoridades municipales están siendo rebasadas por la inseguridad y no están garantizando la gobernabilidad.
Expresó que ante este escenario es necesario “reorientar la estrategia de seguridad entre los tres niveles de gobierno” para reducir los altos índices de delincuencia y evitar que los ciudadanos caigan en la tentación de castigar a los criminales privándolos de la vida para que no vuelvan a cometer sus fechorías.
Consideró que, si bien, la ley tiene considerado el linchamiento como un delito sería prudente realizar un análisis técnico, jurídico y social para tipificarlo como grave incrementando la pena de cárcel así como la multa económica.
“No solamente hay que revisar esta conducta tipificada como delito como lo es el linchamiento sino que habría que revisar otras conductas para tipificarse como delito grave y por lo tanto aumentar su sanción (…) Sí nos damos cuenta que las autoridades están siendo rebasadas principalmente en los municipios con más crisis”.
Morales Álvarez urgió a la administración estatal para que, a la brevedad, presentar su plan de seguridad pero sobre todo la estrategia específica para los municipios con mayores problemas para que sea puesto en marcha y se devuelva la tranquilidad a los ciudadanos.
Hay que señalar que, de acuerdo con, el Código Penal de Puebla en su artículo 331 señala que “al responsable de un homicidio calificado se le impondrá de veinte a cincuenta años de prisión”.
Asimismo, el artículo 229 se tipifica como delito “el que públicamente provoque a cometer un delito o haga apología de éste o de algún vicio, será sancionado con prisión de quince días a seis meses y multa de tres a 30 días de salario; si el delito no se ejecuta. En caso contrario se impondrá al provocador la sanción que le corresponda”.