La Ley de Ciberasedio fue declarada inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la normativa aprobada por el Congreso de Puebla “es demasiado ambigua”.
Los ministros de la Corte resolvieron la acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), en contra del artículo 480 del Código Penal de Puebla.
Por mayoría de votos fue avalada la ponencia presentada por el ministro Giovanni Azael Figueroa Mejía, en la que se establece que este artículo no permiten a los ciudadanos saber con claridad qué conducta está prohibida
Asimismo que existe una ambigüedad en la redacción verbo “vigilar” en redes sociales y queda a la interpretación del juzgador poniendo en riesgo la libertad del sujeto denunciado.
“La descripción de las acciones sancionadas por el legislador local es demasiado ambigua porque no permite a los destinatarios conocer, con suficiente precisión, cuáles son las acciones que deben evitar llevar a cabo para no ser sancionados penalmente”.
Los ministros consideraron que la Ley de Ciberasedio incurre en una sobrelegislación debido a que ya estaba tipificados el delito de Ciberacoso y representa una amenaza a la libertad de expresión en Puebla.







