Con el objetivo de fortalecer la protección de la seguridad personal, la privacidad y la libertad de las personas, la diputada Celia Bonaga Ruiz presentó una iniciativa de reforma al Código Penal del Estado de Puebla para tipificar el delito de acecho, una conducta conocida internacionalmente como stalking, que consiste en actos reiterados de vigilancia, persecución, hostigamiento o contacto insistente no deseado que generan miedo, angustia o alteraciones graves en la vida cotidiana de las víctimas.
La legisladora destacó que esta propuesta responde a una realidad social que durante años ha permanecido invisibilizada y que afecta principalmente a mujeres, niñas y personas en condición de vulnerabilidad, muchas veces como antesala de violencias más graves.
Entre los principales alcances de la propuesta se encuentra la tipificación del delito de acecho cuando una persona, sin derecho, causa legítima o mandato de autoridad competente y sin consentimiento de la víctima, le cause temor, angustia o zozobra, o altere de manera relevante el desarrollo normal de su vida privada o social.
Lo anterior, mediante la realización reiterada de una o más de las siguientes conductas, en dos o más ocasiones y con continuidad temporal: vigile, siga, persiga, monitoree, contacte o se presente de forma insistente en lugares frecuentados por la víctima, generándole temor, angustia o alteraciones relevantes en su vida cotidiana.
Como parte de la propuesta, se reconoce tanto el acecho físico como el digital, incluyendo el rastreo de ubicación, monitoreo de comunicaciones privadas y hostigamiento mediante redes sociales, mensajería o plataformas digitales. Asimismo, se establecen penas de seis meses a tres años de prisión y multa de 100 a 500 Unidades de Medida y Actualización.
De igual forma, se contemplan agravantes cuando las víctimas sean niñas, niños, adolescentes, mujeres, mujeres embarazadas, personas adultas mayores o personas con discapacidad. Las sanciones se incrementan si el agresor incumple medidas de protección, utiliza violencia física o psicológica, actúa en grupo, invade espacios privados o accede ilegalmente a cuentas y dispositivos digitales. También se castiga a personas servidoras públicas que utilicen información o recursos derivados de su cargo para cometer el delito.
De acuerdo con la diputada, la propuesta incorpora una cláusula de protección para garantizar que no se criminalicen actividades legítimas relacionadas con la libertad de expresión, el periodismo, la investigación académica o la defensa de derechos humanos, siempre que se realicen de forma proporcional, lícita y sin actos intimidatorios.
Celia Bonaga subrayó que esta reforma no busca ampliar el derecho penal de manera excesiva, sino construir una herramienta jurídica clara y técnicamente sólida que permita prevenir situaciones de violencia antes de que escalen a consecuencias irreparables.
“La tipificación del acecho representa una respuesta preventiva y necesaria frente a conductas que hoy generan miedo y afectan profundamente la libertad y tranquilidad de las personas. Puebla no puede permanecer indiferente ante una realidad que exige protección efectiva para las víctimas”, afirmó.
Finalmente, destacó que la iniciativa encuentra sustento en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en instrumentos internacionales de derechos humanos, garantizando un equilibrio entre la protección de las víctimas y el respeto a libertades fundamentales como la libertad de expresión, el derecho a la información y el ejercicio periodístico.








